Mi opinión, en definitiva, fue denegar el amparo y que el quejoso ante nosotros defendiese sus derechos en los Tribunales italianos, con recurso, en último término, al Tribunal Europeo de Derechos Humanos, cuya sede está en Estrasburgo, Tribunal creado por el Convenio que en 1950 se hizo curiosamente en Roma, capital de la República italiana.
Firmo este voto en Madrid, a cinco de abril de dos mil.