Jurisprudencia Constitucional »
SENTENCIA
Numero de Referencia :
97/2006
Fecha : 27/03/2006
Publicación Boe :
20060504
Numero de Registro :
7111-2003 Y 7222-2003 (acumulados)/
Ponente :
Doña Elisa Pérez Vera
Sala :
Sala Segunda.
Documentos Relacionados :
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«... establecer una conexión con el que es objeto del presente recurso, ni del examen de las actuaciones se desprende la existencia de tales datos.
En consecuencia, hemos de concluir que se ha vulnerado el derecho a la presunción de inocencia (art. 24.2 CE) de los demandantes de amparo, pues la única prueba de cargo en que se basó su condena fue la declaración de la coimputada, sin que existan elementos externos a dicha declaración que permitan considerar corroborada su participación en los hechos que en ella se le imputan, por lo que no ha existido actividad probatoria de cargo suficiente para enervar dicha presunción.
Fallo: En atención a lo expuesto, el Tribunal Constitucional, por la autoridad que le confiere la Constitución de la Nación Española, Ha decidido Estimar las demandas de amparo de doña Gaita Mohamed Kaddur y don Luis Miguel Contreras Arjona y, en su virtud: 1.º Declarar vulnerado el derecho de los recurrentes a la presunción de inocencia (art. 24.2 CE).
2.º Restablecerlos en su derecho y, a tal fin, declarar la nulidad de las Sentencias de fecha 25 de junio de 2003 y 4 de noviembre de 2003, dictadas respectivamente por el Juzgado de lo Penal núm. 1 de Algeciras y la Sección Séptima de la Audiencia Provincial de Cádiz, exclusivamente en lo que se refiere a los demandantes de amparo.
Publíquese esta Sentencia en el "Boletín Oficial del Estado".
Dada en Madrid, a veintisiete de marzo de dos mil seis.-Guillermo Jiménez Sánchez.-Vicente Conde Martín de Hijas.-Elisa Pérez Vera.-Eugeni Gay Montalvo.
-Ramón Rodríguez Arribas.-Pascual Sala Sánchez.-Firmado y rubricado.
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