Jurisprudencia Constitucional »
SENTENCIA
Numero de Referencia :
99/2003
Fecha : 02/06/2003
Publicación Boe :
20030701 [«boe» Núm. 156]
Numero de Registro :
2814/1999
Ponente :
Don Jorge Rodríguez-zapata Pérez
Sala :
Sala Primera
Documentos Relacionados :
|
|
«... de Granollers despachó ejecución contra los bienes y rentas de Electrocuina, S.C.P., don Carlos Ceacero Cruz, doña Gemma Ferrús, don José Juan Ferrús, doña Montserrat Vallespí y doña Rosa Panisello a fin de satisfacer a la demandante la suma de 3.897.226 pesetas de principal, más otras 84.322 pesetas de gastos bancarios de devolución y 1.800.000 pesetas en estimación de intereses y costas.
e) El 24 de enero de 1997 se realizó la primera diligencia en busca de don Carlos Ceacero en el domicilio social de la calle Josep Tarradellas núm. 1-3, sin que fuera hallado. El 28 de enero de 1997 tuvo lugar la diligencia de requerimiento y de embargo y citación de remate. Se practicó en el mismo domicilio de la calle Josep Tarradellas núm. 1-3 en ausencia del hoy demandante de amparo. Se trabó allí embargo de diversos muebles de cocina, muebles y objetos de oficina propios de la actividad social, así como también de diversos bienes propios de los socios y de los avalistas. Se embargaron así los posibles derechos de propiedad que don Carlos Ceacero Cruz tuviera sobre la vivienda sita en la calle San José de Calasanz núm. 17, 3-A. En dicho acto la comisión judicial designó depositario de los bienes embargados a don José Juan Ferrús Panisello, allí presente, hijo de doña Rosa Panisello Badía, dejándole obligado a comunicar a los embargados dicha circunstancia, para que pudieran oponerse a la ejecución.
f) Por providencia de 3 de febrero de 1997 fueron declarados en rebeldía los demandados, al no haberse personado en los autos. Mediante Sentencia de 26 de febrero de 1997 se falló seguir adelante la ejecución despachada hasta hacer trance y remate de los bienes embargados a los ejecutados Electrocuina, S.C.P, don Carlos Ceacero Cruz, doña Gemma Ferrús Vallespí, don José Juan Ferrús Panisello, doña Montserrat Vallespí Faneca y doña Rosa Panisello Badía y con su producto hacer entero y cumplido pago a la entidad ejecutante Móstoles Industrial, S.A., de las cantidades correspondientes.
g) El 18 de marzo de 1997 se efectuó la diligencia de notificación de esta Sentencia, entre otros, a don Carlos Ceacero Cruz en el domicilio social de la calle Josep Tarradellas núm. 1-3 y en la persona de doña Gemma Ferrús Vallespí. A instancia de la parte ejecutante, el 23 de julio de 1997 el Juzgado libró mandamiento al Registrador de la propiedad de Granollers, para que anotase el embargo trabado sobre la finca de don Carlos Ceacero Cruz. El 24 de octubre de 1997 se solicitó por Móstoles Industrial, S.A., que se hiciera saber a la esposa de don Carlos Caecero, doña Ursula Rodríguez Lorite, que el embargo afectaba a su domicilio conyugal, manifestando que dicha señora tenía su domicilio en el de su marido y demandado. El 16 de diciembre de 1997 tuvo lugar una diligencia negativa de notificación en la que resultó imposible hacer dicha comunicación, al intentarlo en la calle Ecuador núm. 4, 2-2. de Granollers, domicilio de los restantes ... »
|
|
|
|