|
|
|
Legislación »
Orden
Numero de Referencia :
2008/15914
Fecha : 02/10/2008
Documentos Relacionados :
|
|
ORDEN ARM/2759/2008, de 19 de septiembre, por la que se modifica la Orden APA/180/2008, de 22 de enero, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas al fomento de la integración cooperativa de ámbito estatal.
Mediante la Orden APA/180/2008, de 22 de enero, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas al fomento de la integración cooperativa de ámbito estatal, se dictó con el fin de fomentar el asociacionismo agrario de carácter económico, creando estructuras empresariales de mayor dimensión que faciliten la cooperación interterritorial y la economía en red al integrar a las entidades asociativas, implantando los servicios y los medios adecuados para mejorar su eficiencia, rentabilidad y competitividad.
Es una necesidad empresarial demostrada la colaboración entre las entidades asociativas agrarias de distintas Comunidades Autónomas e incluso sus alianzas y convenios.
En los cuatro últimos años ha aumentado la demanda del sector y el número de beneficiarios, lo que permitirá mejorar los fines de integración cooperativa que se persiguen.
En la tramitación de esta Orden han sido consultadas las comunidades autónomas y las entidades representativas de los sectores afectados.
En su virtud, dispongo:
Artículo 1. Modificación de la Orden APA/180/2008, de 22 de enero, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas al fomento de la integración cooperativa de ámbito estatal.
Se modifica la Orden APA/180/2008, de 22 de enero, en los siguientes términos:
Uno. El artículo 1 queda redactado del modo siguiente:
«Artículo 1. Objeto.
Por la presente orden se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, financiadas por el Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino cuyo objeto es el fomento de la integración cooperativa en entidades asociativas agrarias que superen el ámbito territorial de una comunidad autónoma, para mejorar la dimensión empresarial, la eficiencia y la rentabilidad de las mismas.»
Dos. El artículo 2.1.a) se sustituye por el siguiente texto:
«a) Las siguientes Sociedades cooperativas reguladas en la Ley 27/1999, de 16 de julio de Cooperativas o en las Leyes autonómicas correspondientes:
1.º Cooperativas agrarias.
2.º Cooperativas agrarias de segundo grado
3.º Grupos cooperativos de carácter agrario.»
Tres. El artículo 3.5 queda redactado del siguiente modo:
«5. Los beneficiarios no deberán haber superado los límites temporales de las ayudas establecidas por esta orden y en la normativa comunitaria sobre ayudas estatales al sector agrario, cuando hayan sido beneficiarias de las disposiciones de integración cooperativa del extinto Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, hoy Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino.»
Cuatro. El artículo 4.1.b) 2.º, se sustituye por el siguiente:
«2.º Gastos de alquiler de locales apropiados para almacenes y oficinas, siempre que no hayan sido utilizados gratuitamente para los mismos fines, con anterioridad a la integración por las entidades integradas o integradora. En el caso de que compren locales, los gastos subvencionables... »
|
|
|
|
REFERENCIAS ANTERIORES
MODIFICA los arts. 1 a 5, 9 11 y 14 de la ORDEN APA/180/2008, de 22 de enero (Ref. 2008/01897).
CITA ORDEN APA/1559/2008, de 11 de abril (BOE núm. 100, del 25, Ref. 2008/7408).
NOTAS
Entrada en vigor el 3 de octubre de 2008.
MATERIAS
AYUDAS
COOPERATIVAS AGRARIAS
MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE, Y MEDIO RURAL Y MARINO
SUBVENCIONES
|
|
|
|