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Legislación »
Real Decreto
Numero de Referencia :
2007/13820
Fecha : 18/07/2007
Documentos Relacionados :
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REAL DECRETO 867/2007, de 2 de julio, por el que se dispone la dotación de plazas de magistrado en órganos colegiados y la creación y constitución de juzgados dentro de la programación correspondiente al año 2007.
La Ley 38/1988, de 28 de diciembre, de demarcación y de planta judicial, establece una configuración de la planta judicial que facilita una constante adaptación con la finalidad de mejorar el funcionamiento de la Administración de Justicia y acercar la justicia al ciudadano.
La plena instauración de la planta de juzgados y tribunales establecida en dicha ley aún no ha sido alcanzada. La adecuada atención a las necesidades judiciales y la consecución de una infraestructura idónea en el ámbito judicial hacen necesaria la continuidad del desarrollo de dicha planta, por lo que es necesaria la modificación de la misma mediante la dotación de nuevas plazas de magistrado en órganos colegiados y constitución de nuevos juzgados.
Siguiendo esta línea de actuación, este real decreto recoge parte de la programación del año 2007 y en él se crean un total de 90 unidades judiciales de las 131 previstas (23 plazas de magistrado en órganos colegiados y 67 juzgados), ajustada a los créditos disponibles y atendiendo el volumen de litigiosidad de los órganos judiciales en funcionamiento.
Por lo que respecta a la dotación de nuevas plazas de magistrado en Audiencias Provinciales, se ha tenido en cuenta lo dispuesto en los artículos 14.2 y 20.3 de la Ley 38/1988, de 28 de diciembre, de demarcación y de planta judicial. En efecto, de una parte, se crea una nueva sección en la Audiencia Provincial de Barcelona, y de otra, se dota una nueva plaza de magistrado en aquellas secciones de las Audiencias Provinciales que se citan en el texto del presente real decreto que actualmente tiene una planta de tres magistrados.
Asimismo, se establece lo pertinente para el caso de que el juzgado de lo penal número 7 de Santa Cruz de Tenerife se constituya en Santa Cruz de La Palma, en los términos previstos en el artículo 269.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial.
Este real decreto ha sido informado por el Consejo General del Poder Judicial y por las Comunidades Autónomas afectadas.
En su virtud, a propuesta del Ministerio de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 29 de junio de 2007.
D I S P O N G O :
Artículo 1. Finalidad.
Este real decreto tiene como finalidad:
a) Modificar la planta judicial prevista en los anexos IV, V, VI, VII, VIII, IX, X, y XII de la Ley 38/1988, de 28 de diciembre, de demarcación y de planta judicial.
b) Concretar y adecuar la planta judicial a las necesidades judiciales existentes, mediante la creación de 23 plazas de magistrado en órganos colegiados y la creación y constitución de 67 juzgados.
Artículo 2. Modificación de la planta judicial.
Se amplía la planta judicial de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20.4 de la Ley 38/1988, de 28 de diciembre, de demarcación y de planta judicial. Los anexos IV, V, VI, VII, VIII, IX, X y XII quedan modificados en los aspectos referidos en el anexo del presente real decreto y permanecerán sin alterar en los restantes... »
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REFERENCIAS ANTERIORES
MODIFICA los anexos IV a X y XII de la LEY 38/1988, de 28 de diciembre (Ref. 1988/29622).
REFERENCIAS POSTERIORES
SE DICTA DE CONFORMIDAD con el art. 7, sobre efectividad de las plazas, el inicio de nuevas secciones y la entrada en funcionamiento de órganos judiciales: ORDEN JUS/2901/2007, de 3 de octubre (Ref. 2007/17538).
NOTAS
Entrada en vigor el 19 de julio de 2007.
MATERIAS
ADMINISTRACION DE JUSTICIA
AUDIENCIAS PROVINCIALES
JUZGADOS DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
JUZGADOS DE LO PENAL
JUZGADOS DE LO SOCIAL
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCION
JUZGADOS DE VIGILANCIA PENITENCIARIA
MAGISTRADOS
RELACIONES DE PUESTOS DE TRABAJO
TRIBUNALES SUPERIORES DE JUSTICIA
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