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Legislación »
Real Decreto
Numero de Referencia :
2007/13588
Fecha : 14/07/2007
Documentos Relacionados :
 
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REAL DECRETO 870/2007, de 2 de julio, por el que se regula el programa de empleo con apoyo como medida de fomento de empleo de personas con discapacidad en el mercado ordinario de trabajo.
De acuerdo con el artículo 37.1, de la Ley 13/1982, de 7 de abril, de Integración Social de los Minusválidos, la finalidad primordial de la política de empleo de los trabajadores con discapacidad debe ser su integración, en condiciones que garanticen la aplicación del principio de igualdad de trato, en el sistema ordinario de trabajo o, en su defecto, su incorporación al sistema productivo mediante la fórmula especial de trabajo protegido, a través de los centros especiales de empleo. En los últimos años, gracias al firme compromiso y a la actuación aunada de las Administraciones Públicas, los interlocutores sociales y el tejido asociativo de la discapacidad, se ha desplegado una relevante actividad normativa, programática y presupuestaria para favorecer el acceso al empleo de las personas con discapacidad que ha ofrecido resultados alentadores, reflejados en una creciente incorporación de personas con discapacidad al mercado de trabajo. Esta intensificación de las políticas activas de empleo dirigidas a los trabajadores con discapacidad debe continuarse y ampliarse buscando nuevas fórmulas cuya prioridad sea la inserción laboral en el mercado de trabajo ordinario.
Estas nuevas fórmulas han de tener en cuenta la diversidad y pluralidad que caracteriza a la población con discapacidad, debiéndose atender de forma diferente según las demandas y necesidades que cada grupo de trabajadores con discapacidad presenta. En efecto, dentro del conjunto de las personas con discapacidad, existen grupos que, debido al tipo de deficiencia concreta que tienen, como por ejemplo parálisis cerebral o trastornos del espectro autista, o a su grado de minusvalía, se encuentran con mayores dificultades de acceso al mercado de trabajo. Esta realidad exige la adopción de medidas específicas, que podrían considerarse de acción positiva dentro del grupo de las personas con discapacidad, ya que se trata de tratamientos más intensos y diferenciados para estimular la empleabilidad de estos grupos de trabajadores con discapacidad que tienen más dificultades de inserción laboral.
Una de las medidas que puede favorecer de modo más importante la inserción de las personas con discapacidad severa en el mercado de trabajo ordinario es el empleo con apoyo. Éste consiste en un conjunto de actividades de orientación y acompañamiento individualizado que prestan, en el propio puesto de trabajo, preparadores laborales especializados a los trabajadores con discapacidad con especiales dificultades de inserción laboral que realizan su actividad en empresas normalizadas, del mercado ordinario de trabajo, en condiciones similares al resto de los trabajadores que desempeñan puestos similares.
Precisamente, por la importancia y trascendencia que tiene el empleo con apoyo en la integración en el mercado de trabajo ordinario de las personas con discapacidad, el propio Programa Nacional de Reformas de España, aprobado en 13 de octubre de 2005, que constituye la referencia fundamental de la política... »
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REFERENCIAS ANTERIORES
DE CONFORMIDAD con:
Art. 26.1 de la LEY 56/2003, de 16 de diciembre (Ref. 2003/23102).
Art. 17.3 de la LEY del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por REAL DECRETO LEGISLATIVO 1/1995, de 24 de marzo (Ref. 1995/07730).
Art. 37.1 dela LEY 13/1982, de 7 de abril (Ref. 1982/09983).
NOTAS
Entrada en vigor el 15 de julio de 2007.
Suplemento en Lengua Lengua Gallega el 19 de julio del 2007.
Suplemento en Lengua Catalana el 16 de julio de 2007.
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