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Legislación »
Resolución
Numero de Referencia :
2008/07392
Fecha : 25/04/2008
Documentos Relacionados :
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RESOLUCIÓN de 10 de abril de 2008, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica la revisión salarial de 2007 y 2008, del Convenio colectivo de ámbito estatal para las industrias del curtido, correas y cueros industriales y curtición de pieles para peletería.
Visto el texto de la revisión salarial correspondiente a los años 2007 y 2008 del Convenio Colectivo de ámbito estatal para las industrias del curtido, correas y cueros industriales y curtición de pieles para peletería (Código de Convenio n.º 9901465), publicado en el B.O.E. de 30.11.2007, revisión que fue suscrita, con fecha 7 de febrero de 2008, por la Comisión Paritaria del convenio, en la que están integradas la asociación empresarial CEC-FECUR y las organizaciones sindicales FITEQA-CC.OO. y FIA-UGT, firmantes de dicho Convenio Colectivo en representación, respectivamente de las empresas y trabajadores del sector, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios Colectivos de trabajo,
Esta Dirección General de Trabajo resuelve:
Primero: Ordenar la inscripción de la citada revisión salarial en el correspondiente Registro de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Paritaria.
Segundo: Disponer su publicación en el Boletín Oficial del Estado.
Madrid, 10 de abril de 2008.-El Director General de Trabajo, Raúl Riesco Roche.
ACTA DE LA COMISIÓN PARITARIA DEL CONVENIO COLECTIVO ESTATAL PARA LAS INDUSTRIAS DEL CURTIDO, CORREAS, CUEROS INDUSTRIALES Y CURTICIÓN DE PIELES PARA PELETERÍA DE FECHA 7 DE FEBRERO DE 2008
Siendo las 9,30 horas del día 7 de febrero de 2008, se reúne la Comisión Paritaria del Convenio Colectivo Estatal para las Industrias del Curtido, con la asistencia de los representantes de las Centrales Sindicales CCOO-FITEQA y UGT-FIA y de la Patronal CEC-FECUR, relacionados a continuación, al objeto de tratar los siguientes puntos:
Francisco Cordellat.
Carmen Expósito (Asesor).
Pedro López.
José Mesa (Asesor).
Josep Ballbè.
Jaume Bolart.
1. Actualización Tablas salariales 2007.-De conformidad con el artículo 66 del convenio colectivo, se procede a la revisión y actualización de las tablas salariales del año 2007, a partir del IPC real del año 2007, que ha sido del 4,2%, adjuntándose a esta acta las tablas definitivas del año 2007. Anexo 1.
2. Atrasos salariales 2007.-Sobre las tablas del Anexo 1, los atrasos salariales correspondientes al año 2007, deberán abonarse de acuerdo con el artículo 66 del Convenio Colectivo.
3. Tablas salariales 2008.-A partir de las tablas salariales actualizadas para el 2007, se establecen las nuevas tablas salariales para el 2008, calculadas de conformidad a los incrementos fijados en el artículo 66 del convenio colectivo. Anexo 2.
4. Actualización Póliza de Seguros.-La cantidad referente a la póliza de seguros que figura en el Artículo 97 del Convenio queda fijada en 15,82 euros para el año 2008, una vez actualizado su valor con el IPC real. (Los valores actualizados para 2007 figuran en el Anexo 3).
5. Actualización Premio de Fidelización.-Los... »
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REFERENCIAS ANTERIORES
DE CONFORMIDAD con:
Art. 90.2 y 3 de la LEY del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por REAL DECRETO LEGISLATIVO 1/1995, de 24 de marzo (Ref. 1995/07730).
REAL DECRETO 1040/1981, de 22 de mayo (Ref. 1981/12841).
EN RELACIÓN con el convenio publicado por RESOLUCIÓN de 16 de noviembre de 2007 (Ref. 2007/20601).
MATERIAS
CONVENIOS COLECTIVOS SINDICALES
INDUSTRIA DEL CUERO
PELETERIA
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